HR FLARE
✦ Horas extraordinarias

Calculadora de horas extra en España

Calcula cuánto te corresponde por tus horas extraordinarias, o cuánto descanso equivalen, y comprueba si te acercas al límite legal de 80 horas al año. Con tu convenio en la mano, sale una estimación útil.

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¿Cuánto se paga una hora extra?

Lo fija tu convenio colectivo o, si no dice nada, tu contrato, y nunca puede ser menos que el valor de una hora ordinaria (artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores). Con 24.000 € brutos al año y 40 horas semanales, la hora ordinaria sale a unos 11,54 €.

En resumen

  • Se abonan, como mínimo, al valor de la hora ordinaria, o se compensan con descanso retribuido.
  • Máximo de 80 horas al año, con excepciones que fija la ley.
  • Sin pacto, el descanso debe darse en los cuatro meses siguientes.

Calcula tus horas extra

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Si la dejas vacía, se usan las horas semanales × 52.
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Tus horas extra

Es una estimación, no asesoramiento legal. Tu convenio colectivo decide el precio de la hora extra, el recargo y cómo se compensa.

Tres ejemplos con 24.000 € brutos y 40 horas

Hora ordinaria de 11,54 € (24.000 ÷ 2.080 horas). Las cifras salen de la calculadora.

CasoHoras a abonarRecargoImporteLímite de 80 h
Un mes flojo100 %115,38 €Quedan 70 h
Un cierre de año3025 %432,69 €Quedan 50 h
Un año cargado95, de ellas 10 compensadas0 %980,77 € por 85 hTe pasas en 5 h

El 25 % es un ejemplo, no una cifra de la ley. Algunos convenios no fijan recargo y otros fijan uno distinto.

Qué cuenta como hora extraordinaria

Según el artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores, son las horas que se hacen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria. El artículo 34.1 fija esa duración máxima en 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, y deja a los convenios y contratos pactar la jornada concreta. Es decir, la jornada máxima se mide en promedio anual.

Por ejemplo, si tu convenio fija 1.800 horas al año, las horas por encima de esa jornada son las extraordinarias, aunque una semana concreta hayas hecho 45: una semana larga puede equilibrarse con otra corta. Cómo se cuenta en tu caso lo dice tu convenio.

Cómo se obtiene el precio de la hora ordinaria

La ley no da una fórmula única, pero la lógica es dividir lo que cobras al año entre las horas que trabajas al año. La calculadora lo hace así:

  1. Horas anuales. Las de tu convenio si las escribes. Si no, las semanales × 52.
  2. Hora ordinaria. Salario bruto anual ÷ horas anuales.
  3. Con recargo. Hora ordinaria × (1 + recargo ÷ 100).
  4. Importe. Horas a abonar × hora con recargo.

Qué conceptos entran en el salario de referencia, por ejemplo pluses o pagas extra, lo marca tu convenio. La calculadora usa el bruto anual que tú escribas, así que escribe la base que use tu convenio.

Cobrarlas o librarlas

El artículo 35.1 deja la elección al convenio colectivo o, si no hay convenio que lo diga, al contrato individual. Hay dos vías: abonarlas en la cuantía fijada, que no puede bajar del valor de la hora ordinaria, o compensarlas con tiempo equivalente de descanso retribuido. Sin pacto, se entiende que se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a hacerlas.

La calculadora te da las dos cifras para las horas no compensadas aún: el importe si se pagan y las horas de descanso si se compensan. Un convenio puede ir más lejos y dar más descanso por hora trabajada. Si el tuyo lo hace, aplica su cifra.

El límite de 80 horas al año

El artículo 35.2 limita las horas extraordinarias a 80 al año, salvo lo previsto en el apartado 3. Tres matices cambian el cálculo:

  • Jornada menor que la general: si por la modalidad o la duración de tu contrato haces una jornada anual inferior a la general de la empresa, el máximo se reduce en la misma proporción. La calculadora lo aplica con el campo de porcentaje de jornada.
  • Horas compensadas: las que se compensan con descanso en los cuatro meses siguientes a hacerlas no se computan para el límite. Por eso hay un campo para ellas.
  • Siniestros y daños urgentes: el exceso trabajado para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes no cuenta para la jornada máxima ni para el máximo de horas extra, sin perjuicio de que se compense como hora extra (artículo 35.3).

El Gobierno puede reducir o suprimir ese máximo por tiempo determinado, en general o para ciertas ramas o territorios. Si tu sector tiene un límite distinto, vale el suyo.

Voluntarias, salvo pacto

Según el artículo 35.4, hacer horas extra es voluntario, a menos que se haya pactado en el convenio o en el contrato, y siempre dentro del límite del apartado 2.

Quién no puede hacerlas

  • Trabajo a tiempo parcial: el artículo 12.4.c lo excluye, salvo los supuestos del artículo 35.3. Las horas por encima de la jornada pactada en ese contrato son horas complementarias, con sus propias reglas.
  • Trabajo nocturno: el artículo 36.1 dice que las personas trabajadoras nocturnas, en el sentido que define ese artículo, no pueden hacer horas extraordinarias.

La calculadora avisa si eliges tiempo parcial, y no intenta resolver los casos nocturnos: revisa tu situación con tu convenio.

Registro: la prueba de cada hora

Sin registro es más difícil demostrar una hora extra. Dos artículos van de la mano. El 34.9 obliga a la empresa a garantizar el registro diario de jornada, con la hora concreta de inicio y fin de cada persona, y a conservarlo cuatro años a disposición de la plantilla, sus representantes y la Inspección de Trabajo. El 35.5 añade que, para contar las horas extra, la jornada se registra día a día, se totaliza en el periodo de pago y se entrega copia del resumen en el recibo.

Si quieres saber qué debe recoger ese registro y cómo llevarlo, lo explicamos en la guía del registro de jornada.

Cómo ayuda HR FLARE

HR FLARE recoge los fichajes de cada persona, desde el navegador, la app de Mac o el móvil, y los partes de horas pasan por la aprobación del responsable. Así tienes el dato diario que pide la ley y el total del periodo, que es lo que necesitas para saber si una persona se acerca a las 80 horas. No calcula por sí solo el precio de la hora extra de tu convenio: para eso sirve la calculadora de esta página.

Es gratis hasta 5 empleados, con todas las funciones y sin tarjeta de crédito.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera una hora extraordinaria en España?
Las horas de trabajo que se realizan por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria, según el artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores. Esa jornada máxima es de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual (artículo 34.1), salvo que tu convenio o tu contrato fijen una jornada menor.
¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año?
Un máximo de 80 al año (artículo 35.2). Si tu jornada anual es menor que la general de la empresa, el máximo baja en la misma proporción. Las horas que se compensan con descanso en los cuatro meses siguientes no cuentan para ese límite, y las que se trabajan para prevenir o reparar siniestros y otros daños urgentes tampoco (artículo 35.3).
¿Se pagan más caras que una hora normal?
La ley dice que se pagan en la cuantía que fije el convenio colectivo o, en su defecto, el contrato, y que esa cuantía nunca puede ser inferior al valor de la hora ordinaria. Que lleven un recargo, y de cuánto, lo decide el convenio. Por eso la calculadora deja el recargo en 0 hasta que lo escribas tú.
¿Puedo elegir cobrarlas o librarlas?
Se opta entre abonarlas o compensarlas con descanso retribuido mediante convenio colectivo o, si no hay, por contrato individual. Si no hay pacto, el artículo 35.1 dice que se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a hacerlas.
¿Son obligatorias las horas extra?
Son voluntarias, salvo que se hayan pactado en el convenio colectivo o en el contrato, y siempre dentro del límite de 80 al año (artículo 35.4). Las que se hacen para prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes se tratan aparte (artículo 35.3).
¿Qué pasa con las horas extra si trabajo a tiempo parcial?
El artículo 12.4.c indica que quienes trabajan a tiempo parcial no pueden hacer horas extraordinarias, salvo en los supuestos del artículo 35.3. Las horas que se hacen por encima de la jornada pactada en ese contrato se rigen por las reglas de las horas complementarias.
¿Cómo se prueban las horas extra que hice?
La empresa debe garantizar el registro diario de jornada, con la hora de inicio y de fin de cada persona (artículo 34.9), y conservar esos registros cuatro años. Además, el artículo 35.5 manda registrar la jornada día a día a efectos de las horas extraordinarias y entregar copia del resumen en el recibo de salarios.
¿Esta calculadora es vinculante?
No. Es una estimación. Tu convenio colectivo decide el precio de la hora extra, el recargo y la forma de compensarla. Con tu nómina y tu convenio delante, un asesor laboral puede darte la cifra exacta.

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